Cámara aprueba programa de deuda de micro y pequeñas empresas

También podrán participar empresas inactivas

Publicado en 16/12/2021 - 21:43 Por Heloisa Cristaldo - Repórter da Agência Brasil* - Brasília

La Cámara de Diputados aprobó este jueves (16) el programa de anticipo de la deuda de las micro y pequeñas empresas participantes en el Simples Nacional, incluidos los microempresarios individuales (MEI) y las empresas en proceso de recuperación judicial. El asunto pasa a la aprobación presidencial.

El Programa de Reprogramación de Pagos de Deuda de Simples Nacional (Relp) está dirigido a empresas endeudadas. Para que el pago se realice en cuotas, la primera cuota debe pagarse a tiempo. El contribuyente tendrá descuentos en intereses, multas y cargos proporcionalmente a la caída en las ventas en el período de marzo a diciembre de 2020 con respecto al período de marzo a diciembre de 2019. También podrán participar empresas inactivas en el período.

Después de los descuentos y el pago de un anticipo, el saldo restante se puede pagar en hasta 180 meses, con vencimiento en mayo de cada año. Sin embargo, para las deudas con la Seguridad Social, la cuota será en 60 meses.

Las primeras 12 cuotas deben corresponder al 0,4% de la deuda consolidada; del 13 al 24, la suma total debe ser igual al 0,5% de esa deuda; el total de la 25ª a la 36ª cuota debe sumar el 0,6% de la deuda; y la suma de la 37ª cuota en adelante será el resto dividido por el número de cuotas restantes.

Cada cuota tendrá un valor mínimo de R $ 300, excepto en el caso del MEI, que podrá pagar R $ 50 mensuales. La corrección será a la tasa Selic, aplicable desde el mes siguiente a la consolidación de deuda hasta el mes anterior al pago, más el 1% en el mes en que se pague la cuota.

Según el texto, las deudas pueden ser pagadas a plazos en el Simples Nacional, siempre que el vencimiento se haya producido hasta el mes inmediatamente anterior a la entrada en vigencia de la futura ley.

Por 188 meses, contados desde el mes de ingreso a Relp, el contribuyente no podrá participar en otro tipo de pagos a plazos ni contar con una reducción en el monto de capital, intereses o multas y cargos. Se exceptúa el pago a plazos previsto en el plan de saneamiento judicial, de 36 meses.

El contribuyente será excluido del programa en caso de quiebra o imposición de una medida cautelar fiscal. Además, el texto prevé la exclusión por impago de tres cuotas consecutivas o seis alternas; impago de la última cuota; si se determina que el agotamiento de la propiedad defrauda el cumplimiento del pago a plazos; si no paga los impuestos que vencen luego de unirse a la Relp o si no cumple con sus obligaciones con el Fondo de Indemnización por Cesantía (FGTS).

Para unirse a Relp, el beneficiario debe ceder recursos administrativos y acciones legales contra el gobierno. En estos casos, el contribuyente no tendrá que pagar los honorarios del abogado por pérdida de la demanda. Las garantías reales otorgadas administrativamente o en procesos de ejecución tributaria siguen vigentes.

* Con información de la agencia de noticias Câmara de Notícias

Texto traducido mediante inteligencia artificial.

Edición: Aline Leal

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