Endurecen penas por delitos contra niños y adolescentes
La legislación brasileña en cuanto a la protección de niños y adolescentes contra la violencia ha sido fortalecida mediante la promulgación de una nueva ley que introduce modificaciones al Código Penal, la Ley de Crímenes Atroces y el Estatuto del Niño y del Adolescente, endureciendo las sanciones para los delitos cometidos contra esta población.
Entre las modificaciones, destaca el aumento en dos tercios de la pena por homicidio de menores de 14 años en centros educativos. Además, la ley ahora requiere certificados de antecedentes penales para todos los empleados que trabajen en lugares donde se realicen actividades con niños y adolescentes.
Otro cambio importante establece una pena de cinco años de prisión para los responsables de una red comunitaria o virtual que induzca al suicidio o a la automutilación de menores de 18 años o con capacidad de resistencia reducida. Este tipo de prácticas, junto con el secuestro, la privación de libertad y la trata de niños y adolescentes, se han tipificado como crímenes atroces.
La normativa aborda también los delitos de acoso escolar y ciberacoso, imponiendo una pena de dos a cuatro años de prisión para aquellos cometidos en entornos digitales que no constituyan delitos graves.
Se establece castigo para aquellos que transmitan o exhiban contenidos pornográficos que involucren a niños y adolescentes, así como para los productores de dichos contenidos, con penas de prisión de cuatro a ocho años, además de una multa.
Adicionalmente, se introduce una pena de dos a cuatro años de prisión para el delito de no denunciar intencionalmente la desaparición de un niño o adolescente. Estos cambios tienen efecto inmediato y entran en vigor con la publicación de la ley.