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Justicia

Ministro requiere comprobante de vacunación para ingresar al país

Barroso dijo que Brasil no puede convertirse en un destino turístico
Agência Brasil *
Publicado en 11/12/2021 - 17:36
Brasília
Alemanha vacinação
© Ying Tang/NurPhoto/Direitos reservados

El ministro Luís Roberto Barroso, de la Suprema Corte Federal, dictaminó que la prueba de vacunación para un viajero que llega a Brasil desde el exterior solo puede ser dispensada por razones médicas, si el viajero proviene de un país donde se comprueba que no hay vacuna disponible o para Razones humanitarias excepcionales.

Barroso concedió en parte la medida cautelar solicitada por el partido Red de Sostenibilidad en el alegato de incumplimiento de un precepto fundamental (ADPF) 913 . El ministro solicitó que la decisión sea remitida a referéndum en sesión extraordinaria del pleno virtual de la Corte.

En la decisión, entendió que hay urgencia para el tema por el aumento de los viajes en el próximo período y el riesgo de que Brasil se convierta en un destino antivacunas.

"La entrada diaria de miles de viajeros al país, la proximidad de las fiestas de fin de año, los eventos precarnavales y el carnaval en sí, capaz de atraer gran cantidad de turistas, y la amenaza de promover el turismo antivacunas, dado que la imprecisión de las normas que requieren su prueba, constituyen un riesgo inminente inequívoco, que autoriza el otorgamiento de la medida cautelar ”.

En acción, la Red solicitó al gobierno federal que adopte las medidas recomendadas por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) para ingresar al país con el fin de contener la propagación del covid-19.

Luego de la acción, el gobierno emitió la Ordenanza Interministerial 611/2021 , que exigía, para los extranjeros que llegaran a Brasil, prueba de vacunación o, alternativamente, una cuarentena de cinco días seguida de una prueba negativa para el virus antes de permitir la circulación en territorio nacional.

Al analizar el caso, el ministro recordó que el Supremo Tribunal Federal tiene la obligación constitucional de proteger los derechos fundamentales a la vida y la salud. “Ya hay más de 600 mil vidas perdidas y aún persisten actitudes de negación”, agregó Barroso. Recordó las diversas decisiones ya tomadas por el STF durante la pandemia, como la que estipulaba la vacunación obligatoria con la posibilidad de imponer restricciones a quienes se nieguen.

Para el ministro, la ordenanza interministerial cumple parcialmente con las recomendaciones de Anvisa en relación a los viajeros, pero el texto "presenta ambigüedades e inexactitudes que pueden dar lugar a interpretaciones divergentes, en detrimento de los derechos constitucionales a la vida y la salud en cuestión".

Agregó que permitir la libre elección entre prueba de vacuna y cuarentena seguida de una prueba "crea una situación de absoluta falta de control y la consecuente ineficacia de la norma".

Barroso decidió que la ordenanza sobre los viajeros que llegan a Brasil debe ser interpretada de acuerdo con las notas técnicas 112 y 113/2021 , emitidas por Anvisa, y teniendo en cuenta que solo se aplica la sustitución del comprobante de vacunación por la alternativa de cuarentena: 1- viajeros considerados inelegible para la vacunación, de acuerdo con los criterios médicos vigentes; 2- que provengan de países donde, demostrablemente, no existía vacunación disponible de amplio alcance; 3-por razones humanitarias excepcionales.

* Con información de la Suprema Corte Federal

Texto traducido mediante inteligencia artificial.